El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos aconseja a sus colegiados titulados en el Reino Unido homologar su título antes de marzo

El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos aconseja a sus colegiados titulados en el Reino Unido homologar su título antes de marzo

El Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos, organismo que agrupa a través de sus Colegios autonómicos a los 7.400 podólogos que hay en España, aconseja a los españoles que hayan obtenido su título de podólogo en el Reino Unido que tramiten la homologación antes de la salida efectiva de este país de la UE, prevista para el 29 de marzo de 2019 y conocida como Brexit.


A pesar de que la Comisión Europea informa de que, en principio, la retirada de el Reino Unido no afectaría a las cualificaciones obtenidas cuando el país era miembro de la Unión Europea, se aconseja la homologación para prevenir posibles problemas posteriores.

Uno de los principios de la Unión Europea es la libertad de circulación de trabajadores por todos los países de la UE, lo que significa que los derechos y condiciones son comunes en todos los países miembros. La duda que surgía era en qué situación se encontrarían estos profesionales cuando el Reino Unido dejase de formar parte de la UE. La Comisión Europea publicó el 25 de junio de 2018 una serie de recomendaciones para que los nacionales de la UE en Gran Bretaña no vean afectadas sus cualificaciones profesionales cuando la salida de la Unión sea una realidad. Estos son los cinco puntos en los que el Consejo de Colegios de Podólogos ha resumido las recomendaciones del organismo europeo:

 

  • La retirada del Reino Unido no afecta a las decisiones sobre el reconocimiento de las cualificaciones profesionales obtenidas en el Reino Unido antes de la fecha de retirada sobre la base de la Directiva 2005/36/CE.

 

  • A partir de la fecha de retiro, los ciudadanos del Reino Unido serán nacionales de terceros países y, por lo tanto, la Directiva 2005/36 /CE ya no se aplica.

 

  • Las cualificaciones obtenidas en el Reino Unido por ciudadanos de la UE a partir de la fecha de retiro se clasificarán como títulos de terceros países a efectos de la legislación de la UE. El reconocimiento de dicha cualificación ya no estará cubierto por el régimen de reconocimiento de la Directiva 2005/36/CE.

 

  • Se aconseja a los ciudadanos de la UE que posean títulos profesionales del Reino Unido obtenidos antes de la fecha de retiro que gestionen el reconocimiento de esas cualificaciones profesionales del Reino Unido en España o en otro estado miembro de la UE-27.

 

  • Las reglas anteriores entrarán en vigor el 29 de marzo de 2019 si no hay un Acuerdo de Retiro, o al final del período de transición si se acuerda.

    José García Mostazo, presidente del Consejo de Podólogos, ha considerado difundir estas recomendaciones con el objetivo de ayudar a resolver dudas. “Somos conscientes de la gran incertidumbre existente entre los podólogos españoles en relación al Brexit, por lo que creemos que esta información es de trascendencia tanto para nuestros Colegios como para el conjunto de la profesión”.

 

ESTUDIAR O TRABAJAR COMO PODÓLOGO EN EL REINO UNIDO, ANTES DEL BREXIT

Si un español quiere estudiar en una Universidad inglesa, existe un organismo llamado UCAS (http://www.ucas.ac.uk/) en el que puede consultar todo lo relacionado con estudios superiores en este país. Todo lo que incluye dicha página, son estudios reconocidos por el Estado (y, por tanto, susceptibles de ser convalidados/homologados fuera de Reino Unido sin plantear problema alguno en un principio), es decir, no se trata de titulaciones privadas que no sean reconocidas por el Ministerio de Educación inglés (http://www.dcsf.gov.uk/). Se puede realizar búsquedas por Universidad, carrera… Y llegar a la información oficial de cada una de ellas (precios…) y a sus datos de contacto, para cualquier duda/consulta que se tenga.

Para acceder a estudios universitarios, solicitarán que certifique que tiene los estudios anteriores necesarios que consideren (por ejemplo, título universitario ‘X’ cuando se quiera estudiar un postgrado ‘Y’…). Cada universidad indicará al interesado qué necesitan que justifique y cómo tiene que justificárselo a ellos. Tienen la potestad de gestionarse siguiendo un modelo privado, con lo que cada una de ellas puede solicitar lo que considere, y ser diferente a lo que soliciten otras. Por tanto, es muy importante hacer una selección de cuáles son las que interesan, leer atentamente la información que ofrecen en su web y ponerse en contacto con cada una de ellas para cualquier consulta, o para iniciar los trámites. Puede ser que pidan una homologación/convalidación de su título español al título inglés equivalente. En ese caso, hay que dirigirse al organismo encargado en Reino Unido de homologar/convalidar títulos extranjeros, incluso títulos parcialmente realizados (por ejemplo, si una persona está en segundo de carrera y quiere estudiar tercero o los siguientes cursos en una universidad británica). Se llama NARIC (http://www.naric.org.uk). Si piden una traducción oficial o legalizada, tendrá que realizar una traducción de su titulación a través de un traductor/intérprete jurado, o bien legalizar una traducción realizada por el interesado. Más información en la web del Consulado de España en Londres: http://www.maec.es/subwebs/Consulados/Londres/es/MenuPpal/Servicios/Legalizaciones/Paginas/Interpretes%20Jurados.aspx

 

Si lo que desea alguno de los colegiados es ejercer la profesión de podólogo en Reino Unido, se trataría de obtener el reconocimiento de cualificaciones profesionales (Recognition of Professional Qualifications). Ha de dirigirse al organismo llamado UK NCP (http://ukncp.org.uk/). Tienen una lista de profesiones reguladas, aquí: http://ukncp.org.uk/index.asp?page=12. En el caso de la Podología está en «Health», y es «Chiropodist/ Podiatrist». Desde ahí, redirige a un organismo que es el encargado de recibir y gestionar el reconocimiento de cualificación de la profesión de podólogo, entre otras (Health Professions Council). Pueden consultarse dudas y tramitar el reconocimiento a través de «Apply», en su web.

Por último, para un mayor asesoramiento laboral, hay que remitirse a la Consejería de Empleo y Seguridad Social en Reino Unido, donde pueden ayudar con más precisión: www.meyss.es/es/mundo/consejerias/reinoUnido/index.htm

 

Más información:

Consejo General de Colegios Oficiales de Podólogos. Javier Alonso García. Responsable Gabinete de Comunicación / prensa@cgcop.es. Tel. 686 97 67 57 / www.cgcop.es

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